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Convenio sobre la violencia y el acoso

MobbingEn 2019 la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó la Declaración del Centenario de la OIT para el futuro del trabajo, expresando un claro compromiso con un mundo del trabajo libre de violencia y acoso.

También adoptó las primeras normas sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, el Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190) y la Recomendación que lo acompaña (núm. 206). El marco establecido en estos instrumentos proporciona una hoja de ruta clara para prevenir y combatir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, contribuyendo así a hacer realidad la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en particular en el contexto de la COVID-19.

El Convenio núm. 190 reconoce el derecho de todas las personas a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso. Define la violencia y el acoso como “un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables” que “tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico”. Esto abarca el abuso físico, el abuso verbal, la intimidación y el acoso moral, el acoso sexual, las amenazas y el acecho, entre otras cosas.

El gobierno español ha hecho público su intención de ratificar este Convenio, pero dicha formalización no se ha hecho aún efectiva.

En el contexto de la pandemia, es preciso tomar medidas urgentes a fin de garantizar el derecho de todas las personas a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, no sólo durante el brote y después del mismo, sino también para lograr una recuperación sostenible y mejorar la resiliencia ante futuras crisis.