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Ampliación por un año de los plazos del RDL

Inigo-Serna-rueda-prensa_300x200pxEl 13 de marzo el Gobierno inició el plazo de audiencia e información pública del borrador del Proyecto de Reglamento hasta el 21 de marzo, uno de los varios trámites que todavía deben llevarse a cabo para su aprobación.

El mismo 13 de marzo salen publicados en el Boletín Oficial del Estado los únicos acuerdos que se pueden alcanzar sin Reglamento entre Anesco y los representantes sindicales. Uno de ellos es la decisión de crear una Comisión Paritaria para las cuestiones de formación y el otro es la regulación de la subrogación de estibadores.

No hay margen de tiempo para negociar y, en consecuencia, se generará que, a partir del 14 de mayo, cuando entre en vigor el RDL, se produzca una situación de incertidumbre jurídica cuando todos los convenios de los puertos estén en conflicto con el Decreto Ley.

Esta situación solo puede salvarse si, una vez se apruebe el reglamento, se dilatan los plazos previstos en la norma durante un año, para que las partes, trabajadores y patronal, tengan tiempo efectivo para la negociación colectiva, dentro de un marco legal conocido.

El reglamento es fundamental para la adaptación de los convenios en los puertos pues en él se incluye aspectos de tanta trascendencia como la regulación de los centros portuarios de empleo, las condiciones específicas para acceder a la capacitación como trabajador del servicio portuario de manipulación de mercancías, el régimen de ayudas para prejubilaciones y cuestiones relativas a la organización del trabajo.